PARTE I ¿ QUÉ IMPUESTOS DEBES PAGAR POR LA VENTA DE UNA PROPIEDAD ? POR VITACASAS.

IMPUESTOS PARA VENDER TU CASA. PARTE I


Al vender un piso tenemos que asumir una serie de gastos, y hay impuestos que debes pagar por la venta de tu casa, pero hay casos que estarás exento de pagar.

 Por tanto los impuestos que tienes que pagar por vender tu piso son 3:

 LA PLUSVALIA MUNICIPAL, por el aumento en el valor del terreno desde su adquisición hasta su venta. 
 EL IRPF, pagas por la ganancia que obtengas con la venta.
 EL IBI, no es un impuesto propio por la venta pero pagas por la parte correspondiente al año de la venta.

  ¿CUANDO SE PAGAN LOS IMPUESTOS POR VENDER TU PISO? 

 Cada impuesto tiene un plazo de pago diferente. 

 LA PLUSVALIA MUNICIPAL, se paga dentro de los 30 días, hábiles siguientes a la venta de la casa, aunque puede variar, dependiendo del ayuntamiento.
 EL IRPF, se paga al año siguiente de la venta, con el conjunto de la declaración.
 EL IBI, lo pagas cada año solo por ser el dueño del piso. Al vender, el importe que toca para ese año lo puedes repartir con el comprador, según el tiempo durante el cual hayas tenido la propiedad del piso.

  ¿COMO CALCULAR EL IRPF POR LA VENTA DE UNA VIVIENDA?

Para calcular el IRPF debes primero conocer cuál ha sido tu ganancia patrimonial, a ese valor, debes multiplicarlo por el porcentaje de IRPF, que te corresponda según tu tramo de ganancias.

Pero ten en cuenta que solo tienes que pagar IRPF, si has obtenido un beneficio económico con la venta de la casa. A grandes rasgos, si has vendido el piso por más dinero del que lo compraste en su día, pagaras IRPF, en caso contrario, tendrás que declarar la venta, pero no pagarás nada. 

  CALCULO DE LA GANANCIA PATRIMONIAL 

 La ganancia patrimonial es el resultado de restar el valor de adquisición al valor de transmisión.
VALOR DE TRANSMISION

(+) Importe real de venta (-) Gastos y tributos 

VALOR DE ADQUISICION

(+) Importe real de la compra (+)Inversiones y mejoras (+)Gastos y tributos (-) amortizaciones

 TRAMOS IRPF 

Hasta 6000€:19% 

Entre 6000€ y 50000€:21%

Entre 50000 y 200000€: 23% 

Más de 200000€: 26% 

  1. CALCULAR EL VALOR DE TRANSMISION

El valor de transmisión se refiere al precio de venta de la casa menos los gastos y tributos unidos a la operación.

 Para calcularlo, se pueden tener en cuenta todos estos gastos: 

• Los honorarios de la agencia inmobiliaria 

• La plusvalía municipal 

• Los gastos de la cancelación registral de la hipoteca
2. CALCULAR EL VALOR DE ADQUISICION 

 El valor de adquisición se refiere al precio que pagaste cuando compraste la propiedad, más las inversiones y mejoras, gastos y tributos inherentes a la operación que llevaste a cabo en su día.

 Los gastos a tener en cuenta serían:

 • Gastos de Notaría 

 • ITP (Impuesto de transmisiones patrimoniales) o IVA, según corresponda 

 • IAJD (Impuesto de actos jurídicos documentados) 

 • Los costes de las reformas o reparaciones considerables que hayas realizado en la vivienda. En este punto cuentan todas aquellas reparaciones que estuvieran dirigidas a la ampliación o mejora del inmueble como, por ejemplo, el aumento de su superficie o el cambio completo de partes importantes de la casa como la cocina o el baño. 

 • Las comisiones que pagaste por el préstamo hipotecario o los intereses NO SE INCLUYEN en estos gastos.
3. CALCULAR LA DIFERENCIA ENTRE TRANSMISION Y ADQUISICION 

 El siguiente paso es calcular la ganancia patrimonial, es decir, la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición. 

Pueden ocurrir 3 cosas:

 + Que el valor de transmisión sea mayor al de adquisición. Entonces, tienes que pagar IRPF. 

  - Que el valor de transmisión sea menor al de adquisición. 

Entonces, tienes que declarar la venta en el IRPF pero no pagarás nada. 

 = Que el valor de transmisión sea igual al de adquisición. En este caso tampoco tendrás que pagar IRPF.

 4. APLICAR EL TIPO IMPOSITIVO 

 En los casos donde la resta entre el valor de transmisión y el valor de adquisición dé un resultado positivo, tendrás que multiplicarlo por el tipo impositivo que corresponda según tu tramo de ganancias. 

Estos son: 

 Ganancias hasta 6.000€: 19% 

 Ganancias entre 6.000 y 50.000€: 21% 

 Ganancias entre 50.000€ y 200.000€: 23% 

 Ganancias de más de 200.000€: 26% 

Ten en cuenta que estos porcentajes de tributo se aplican de forma progresiva. Así, a los primeros 6.000€ de ganancia le debes aplicar el 19%, de los 6.000€ y hasta los 50.000€ y los 200.000€ el 23% y a partir de 200.000€ el 26%

Comentarios

Entradas populares de este blog

ESTO ES TODO LO QUE DEBERÍAS SABER ANTES DE CONTRATAR INTERNET EN TÚ NUEVA CASA. POR VITACASAS

CONDICIONES, PRECIOS E IMPUESTOS DE LAS HIPOTECAS POR VITACASAS